80 Una en cada puerto.

En la Alemania del siglo XI, los comerciantes judíos acostumbraban viajar, por motivos de su profesión, a la España musulmana, al Norte de África o al Oriente y se ausentaban hasta por varios años, dejando a su esposa y a sus hijos sin sustento y a veces sólo con el apoyo de los papás de ella. Inclusive sucedía que los hombres se casaban por segunda vez en alguna de esas tierras lejanas y empezaban una segunda familia.

Desde los tiempos bíblicos no existía ninguna prohibición a la poligamia. Matrimonios judíos polígamos existían entre judíos que vivan en tierras musulmanas, donde a los hombres se les permitía tener hasta cuatro esposas. Pero en el siglo XI se promulgaron una serie de takanot, edictos, para proteger a las mujeres. Gershom ben Judah, un rabino de Mainz dispuso que un marido no podía estar ausente más de 18 meses y al regreso tenía que permanecer en su hogar mínimo otros seis meses. Además decretó que, aunque los hombres son los que inician el proceso de divorcio, las mujeres tenían que estar de acuerdo en divorciarse. Anteriormente la Halaja, basada en los versículos 24:1 y 24:3 de Deuteronomio, le asignaba un papel pasivo a la mujer. Su opinión no importaba. Rabeinu Guershom introdujo la idea revolucionaria de que la mujer tenía que estar de acuerdo. Se estipuló esta condición en vista que algunos maridos simplemente pagaban a su mujer lo estipulado en la ketubah para poderse divorciar y ya. Esta takanah originalmente solo se aplicaba en Mainz, pero para mediados del siglo se había extendido al norte de Francia, Inglaterra y toda Alemania.

Con esta regla se impedía que, cuando una mujer descubría que su esposo tenía una segunda familia, este simplemente le mandara el papel del divorcio y así resolvía el problema. A partir de esta takanah, el marido no podía divorciar a la primera esposa si ella no estaba de acuerdo. La takanah prácticamente prohibía el tener más de una esposa. Si alguien quería suspender el efecto del edicto y divorciarse sin el consentimiento de la esposa, la takanah estipulaba que se requería que 100 sabios estuvieran de acuerdo para que el marido se pudiera divorciar.

La prohibición rabínica en contra de la bigamia data desde los principios del siglo XI. Rabeinu Guershom ben Judah de Metz prohibió la bigamia o poligamia bajo pena de excomunión, seguramente influido por la norma de monogamia que se practicaba en la Europa cristiana. Su decreto fue aceptado sin oposición por los judíos franceses y alemanes principalmente. La prohibición de la poligamia y la necesidad de que ambas partes tenían que estar de acuerdo para poderse divorciar crearon un cambio en los paradigmas en la vida de los judíos europeos. Con esto, ya no podían tener una en cada puerto.

Preparado por Marcos Gojman.
Bibliografía: A Jewish – Christian Symbiosis, The Culture of Early Ashkenaz por Ivan G. Marcus.

Esta entrada fue publicada en Al reguel ajat. Guarda el enlace permanente.

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s